Juicio por trata: la fiscalía acreditó el prolongado sometimiento de la víctima

La fiscal federal Josefina Minatta sostuvo que la investigación permitió acreditar un prolongado contexto de explotación sexual y sometimiento al que fue sometida la víctima por parte del imputado.

Respecto de la modalidad de explotación, la representante del Ministerio Público Fiscal indicó que la joven debía concurrir al cabaret todas las noches y que nunca percibió salario, jornal ni porcentaje alguno por los servicios sexuales realizados. Además, explicó que cualquier consumo que efectuara en el lugar era incorporado a una deuda que mantenía con sus explotadores, profundizando así su dependencia económica.



Minatta también remarcó que la víctima relató que, durante 2007, quedó embarazada del propio acusado luego de haber sido drogada y perder el conocimiento. Según la investigación, el sometimiento continuó incluso después del nacimiento de su hija, en abril de 2008, bajo la amenaza de impedirle mantener contacto con la niña.

La mujer logró escapar definitivamente hacia fines de ese mismo año, aunque las intimidaciones y amenazas provenientes del entorno del imputado continuaron hasta la radicación formal de la denuncia en 2019.

“En este caso se verifica el acogimiento por parte de Cabra. La víctima permaneció en las inmediaciones del lugar donde era explotada, con imposibilidad o serias dificultades para abandonar esa situación. Durante este período fue sometida a una absoluta privación de su libertad personal y explotada sexualmente bajo el control permanente de sus captores”, señaló la fiscal.

Asimismo, Minatta hizo hincapié en la situación de extrema vulnerabilidad en la que se encontraba la joven durante la etapa de captación y traslado. En ese sentido, describió el caso como un fenómeno de migración interna, al tratarse de una menor de edad oriunda de la provincia del Chaco, reclutada sin información precisa sobre las condiciones que la aguardaban, sin posibilidad de decidir sobre su viaje y condicionada por una necesidad económica extrema.

Por último, la fiscal afirmó que la causa permitió demostrar la existencia de un delito de carácter permanente, ya que las conductas atribuidas a los acusados “nunca cesaron en el tiempo, formaron parte de una misma matriz de explotación y se extendieron durante casi tres años”.

Calificación jurídica

Minatta explicó que la acusación contra José “Petro” Cabra se encuentra dividida en dos períodos, debido a las modificaciones introducidas por la legislación vigente.

De este modo, los hechos ocurridos entre 2006 y abril de 2008 fueron encuadrados en el delito de promoción y facilitación de la prostitución ajena, mientras que a partir de abril de 2008 la conducta fue calificada como trata de personas, en concordancia con lo establecido por la Ley Nacional Nº 26.364.