El Gobierno de Entre Ríos oficializó la reglamentación del Registro Provincial de Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas, una medida considerada de relevancia institucional para el reconocimiento jurídico y el fortalecimiento de la libertad religiosa en la provincia.
La normativa fue aprobada a través de una resolución de la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas y Registro Público y reglamenta el funcionamiento del Registro creado por el decreto Nº 2559. El sistema tendrá carácter voluntario, declarativo y no constitutivo, y estará destinado a iglesias y entidades religiosas no católicas que ya cuenten con inscripción en el Registro Nacional de Cultos.
La presentación oficial estuvo encabezada por el secretario de Justicia, Julián Maneiro; el director de Relaciones Institucionales de Gobernación, Leandro Jacobi; y el director de Inspección de Personas Jurídicas y Registro Público, Rodrigo Luti. También participaron representantes de distintas organizaciones religiosas de Entre Ríos, entre ellas la Asociación de Pastores de Entre Ríos (APER), la Asociación de Iglesias Bautistas de Entre Ríos (Aieber), la Iglesia Adventista y el Consejo Argentino para la Libertad Religiosa (Calir).
Durante el encuentro, el secretario del Calir, Adrián Maldonado, destacó la decisión política del Gobierno provincial y remarcó que se trata de un reclamo sostenido por las comunidades religiosas desde la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación en 2015. Además, sostuvo que la medida coloca a Entre Ríos en sintonía con el marco legal nacional y fortalece el ejercicio efectivo de la libertad religiosa.
Desde las entidades participantes señalaron que la reglamentación representa un avance histórico en materia de seguridad jurídica, reconocimiento institucional y modernización administrativa para las organizaciones religiosas de la provincia.
Entre los principales alcances de la normativa, se contempla la posibilidad de acceder a la toma de razón provincial y a la rúbrica oficial de libros, conforme a lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación, brindando mayores herramientas administrativas y legales a las instituciones.
Asimismo, se habilita que asociaciones civiles o fundaciones religiosas puedan transformarse formalmente en entidades religiosas reconocidas, sin necesidad de atravesar procesos de disolución o liquidación, garantizando la continuidad institucional, patrimonial y registral.
Otro de los puntos destacados es que el Estado provincial no ejercerá fiscalización permanente ni intervención en cuestiones doctrinarias, litúrgicas, organizativas o de gobierno interno de las entidades religiosas, limitando su actuación exclusivamente a aspectos formales y registrales.
La implementación del nuevo registro también prevé la realización de trámites de manera digital a través de la plataforma Mi Entre Ríos, con el objetivo de agilizar y modernizar el acceso al sistema de registración provincial.










