La medida alcanza a marcas Caffé del Doge, Café Sol y Caffé del Ponte Rialto. Se detectaron números de registro inexistentes, falta de datos obligatorios y establecimientos no habilitados para el fraccionamiento.
BUENOS AIRES.- La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición en todo el territorio nacional de siete productos de café pertenecientes a las marcas Caffé del Doge, Café Sol y Caffé del Ponte Rialto. La medida, establecida mediante la disposición 8385/2025 publicada en el Boletín Oficial, ordena el cese inmediato de la producción, fraccionamiento y comercialización de estos productos tras detectarse graves irregularidades sanitarias.
La investigación se inició a partir de una denuncia ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) que alertó sobre el uso de un número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) inexistente en el producto «Puro café espresso estilo italiano tostado natural en grano, Doge Rosso Blend, marca Caffé del Doge, Il Caffé di Venezia».
Posteriores inspecciones en comercios y establecimientos de fraccionamiento revelaron múltiples irregularidades, incluyendo la ausencia de información obligatoria como número de lote y fecha de vencimiento, así como el uso de registros no vigentes o pertenecientes a otros establecimientos. En la planta Café Sol, ubicada en San Justo, partido de La Matanza, se constató que las operaciones de fraccionamiento se realizaban sin la habilitación correspondiente.
Los productos prohibidos son:
- «Puro café espresso estilo italiano tostado natural en grano, Doge Rosso Blend, marca Caffé del Doge, Il Caffé di Venezia»
- «Café Clásico, Café Sol, Línea Baristas»
- «Café Colombia, Café Sol, Línea Baristas»
- «Café Gourmet, Café Sol, Línea Baristas»
- «Café, Café Sol, Línea Baristas»
- «Puro café estilo italiano tostado natural en grano, Intenso Blend, marca Caffé del Ponte Rialto»
- «Café tostado natural, Expresso Café Crema»
El Departamento de Normativa Alimentaria calificó los productos como apócrifos debido a que exhibían información adulterada o falsa. La prohibición abarca todas las presentaciones sin distinción de lote ni fecha de vencimiento, ya que las deficiencias detectadas comprometen la seguridad alimentaria.
ANMAT inició sumarios sanitarios contra las empresas y personas involucradas para determinar responsabilidades y aplicar las sanciones correspondientes. La medida se mantendrá vigente hasta que las firmas cumplan con todos los requisitos exigidos por el Código Alimentario Argentino, incluyendo el rotulado correcto y la habilitación sanitaria de los establecimientos.










