La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia, integrada por los vocales Daniel Carubia, Miguel Giorgio y Claudia Mizawak, resolvió declarar inadmisible el recurso de impugnación extraordinaria provincial interpuesto por la defensa técnica de Juan Enrique Ruiz Orrico.
El recurso había sido interpuesto por los defensores Leopoldo Lambruschini, Félix Pérez y Leandro Monje contra la sentencia Nº 206 dictada el 11 de agosto de 2025 por la Sala II de la Cámara de Casación Penal. Además de declararlo inadmisible, la Sala le impuso a la defensa las costas del incidente.
Los fundamentos de la decisión
Al abordar la cuestión, la Sala sostuvo que no se demostraba la existencia de un agravio constitucional que justificara la intervención en esa instancia. Asimismo, entendieron que los argumentos de la defensa «no son más que una reiteración de planteos ya expuestos y que han encontrado adecuada respuesta por parte de la Cámara de Casación».
En el mismo sentido, la Sala añadió que la reedición de tales postulados no es «audible en esta instancia» y solo evidencia una mera disconformidad con el pronunciamiento atacado, sin que los defensores lograran formular argumentos que descalificaran los fundamentos de la resolución cuestionada.
La Sala también consideró que el recurso no satisface las exigencias de procedencia formal requeridas por la ley ritual y que los fundamentos expresados no configuran un cimiento argumental suficiente. Destacó que «la conculcación de derechos constitucionales vagamente invocados por los recurrentes no logra configurar una cuestión federal que habilite la apertura de esta instancia extraordinaria».
Entre otros argumentos, la Sala sentenció la inexistencia de Afectación Constitucional, afirmando: «No se observó violación al debido proceso ni afectación al Derecho de Defensa del imputado». También sostuvieron que las instancias inferiores habían resuelto fundadamente que la acusación de la querella era válida y que la defensa pudo ejercer su derecho de defensa en todo momento.
Además, el tribunal afirmó que la exclusión del querellante –pedido que había formulado la defensa de Orrico– implicaría una lesión a derechos garantizados por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 25 CADH).
Contexto de la causa
La decisión se adoptó en el contexto de la causa que investiga al ex presidente del Instituto Portuario Provincial, Juan Ruiz Orrico, de 51 años, quien asumió en el cargo al inicio de la gestión del gobernador Rogelio Frigerio. En el momento del hecho, Ruiz Orrico era pareja de la vocal de la Cámara de Casación Penal de Concordia, Evangelina Bruzzo.
El ex funcionario enfrenta un pedido de pena de entre dos y cinco años de prisión por el delito de Homicidio Culposo Agravado por el nivel de alcoholemia y por la cantidad de víctimas. Las víctimas fatales del siniestro fueron los hermanos Brian Adrián y Lucas Marcelo (de 31 y 26 años respectivamente), Leonardo Iván Almada (29 años) y Axel Maximiliano Daniel Rossi (23 años).
La acusación pública es ejercida por el fiscal Eduardo Santo, mientras que la querella está en manos de Mario Arcusin. La causa fue remitida a juicio el 25 de marzo por el juez de Garantías, Gustavo Díaz, y se encuentra firme.
Los detalles del siniestro
Ruiz Orrico será juzgado por el siniestro vial ocurrido el 20 de junio de 2024 a las 4.30, en Ruta Provincial N° 39. Según la investigación, con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre (1.10 g/l), invadió el carril contrario impactando de frente con el auto en el que cuatro jóvenes se dirigían a trabajar, pereciendo en el instante todos los ocupantes de este último vehículo.
El fiscal, en su escrito, destacó que el siniestro se trató de una «colisión frontal excéntrica izquierda» y que la zona de impacto se estableció en el carril sur de la Ruta 39, a la altura del km 123. También se señaló que Ruiz Orrico utilizaba un vehículo oficial, un Volkswagen Passat, que según información recabada, el día anterior al accidente había cumplido funciones en la Representación del Gobierno de Entre Ríos en la Ciudad de Buenos Aires.










