Condena en suspenso por hurto calamitoso para mujer

Fue abordada en Santa María de oro 417.

Se trata de una uruguayense de 42 años, quien reconoció haberse quedado con el celular de la mujer que sufrió un ACV tras un asalto.

El juez de Garantías, Gustavo Díaz, homologó un acuerdo en el marco de un juicio abreviado, donde se condenó a María Celeste Arraigada, de 42 años, a la pena de tres años en suspenso, reglas de conducta y trabajo comunitario; debido al delito de “Hurto calamitoso”.
Se trata de la mujer que le robó el celular a Liliana Esquivo, en oportunidad que la víctima sufriera un ACV tras un violento hecho de inseguridad en la ciudad.
La novedad se conoció este viernes, tras la audiencia realizada en los tribunales ubicados en la esquina de Juan Perón y San Martín. Allí, la acusada reconoció los hechos y así esquivó la posibilidad de ir a una cárcel.
Según se desprende de un escrito judicial al que tuvo acceso esta redacción: “El 16 de marzo de 2021, cerca de las 15.30 horas, Liliana Esquivo fue a la cochera en Santa María de Oro 417 a guardar su moto. Allí se descompuso y comenzó a pedir auxilio, quedando tirada en la vereda. Fue allí que María Celeste Arraigada, vecina del luga”.
En el mismo texto se dejó en claro que la acusada aprovechó “el infortunio particular de la mujer (descompensación y desmayo a causa de un accidente cerebro vascular hemorrágico), le sustrajo su teléfono celular marca Samsung, permaneciendo con la misma hasta que fue trasladada por Alerta al hospital”.
Además, se pudo constatar en la investigación que “Arraigada se quedó con el aparato, al que le colocó su chip y lo utilizó con su número de abonado 3442529456, a su nombre, lo que fue detectado por los especialistas de la Policía de Entre Ríos. La fiscal dijo que esta conducta fue encuadrada en el delito de “Hurto calamitoso”, artículo 163 Inciso 2 del Código Penal. Luego de la exposición judicial que hicieron las respectivas partes, se condenó a Arraigada “a la pena de tres años prisión de cumplimiento condicional, imposición de reglas de conductas, por el término de la condena, como ser el fijar domicilio que no podrá variar sin autorización; abstenerse de generar todo tipo de actos perturbadores en perjuicio de los familiares de la víctima; realizar tareas comunitarias no remuneradas en el Hospitalito local, una vez por semana, en cantidad de horas y por el tiempo que el juez disponga”. Por último, en el marco de este caso, donde murió Liliana producto de un ACV que habría sido originado por una situación violenta, se conoció este semana que uno de los sospechoso de haber robado a Squivo fue sobreseído y se espera que pase lo mismo con su cómplice.
Al parecer hasta el momento la justicia provincial no pudo demostrar que participaron dl hecho que derivó en la muerte de la mujer que estaba guardando su moto en un garaje, luego de una jornada de trabajo en un comercio de la ciudad.