La justicia Federal niega a condenada salir a caminar

Fue condenada el 15 de septiembre de 2020.

La mujer cumple una condena y la fiscalía entendió que la morigeración de la modalidad de prisión se concedió por razones humanitarias.

Una mujer solicitó al Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay poder realizar caminatas recreativas diarias de una hora para mitigar el complejo cuadro de salud mental que padece y para acompañar a su hijo al colegio.
La mujer cumple una condena de seis años y ocho meses de prisión en la modalidad de prisión domiciliaria con tobillera electrónica.
Fue condenada el 15 de septiembre de 2020. La sentencia no se encuentra firme. Se la halló responsable como partícipe secundaria del delito de Organización y Financiamiento del Tráfico de Estupefacientes, agravado por la intervención organizada de tres o más personas.
Desde el 30 de octubre de 2018 está detenida con prisión domiciliaria con tobillera.
Este martes 18 de mayo, la jueza Mariela Rojas, resolvió “no hacer lugar a la solicitud de caminatas diarias de una hora fuera del domicilio respecto de la condenada”, publicó El Diario.
La jueza concluyó que “en efecto, las recomendaciones efectuadas por los galenos por su naturaleza, se presentan aptas de ser realizadas en el interior del domicilio donde la mujer cumple su arresto. Conforme a lo analizado, he de concluir que las salidas recreativas interesadas deben ser reconducidas a la realización de actividades dentro del domicilio donde transcurre su privación de libertad, por lo que no corresponde hacer lugar a lo solicitado por la defensa”.



Cuadro
La defensora oficial solicitó que “se autorice a su asistida a efectuar caminatas diarias de una hora con el fin de mitigar los síntomas de su enfermedad”, acompañando el pedido con el “informe realizado por el médico psiquiatra Gustavo Batista el cual indica que la nombrada posee un diagnóstico de Trastorno Mixto Ansioso Depresivo, la estructura de su personalidad evidencia rasgos compatibles con clauster B de los Trastornos de Personalidad (límite), diagnóstico diferencial con Trastorno de Espectro Bipolar; e informe de la psicóloga Andrea Soledad Aubry perteneciente al Área de Relaciones Institucionales de la Jefatura Departamental Uruguay de la Policía de Entre Ríos quien dictaminó en igual sentido que el psiquiatra”.
La defensa argumentó que “debido al cuadro de salud detallado en dichos informes los profesionales recomiendan que su asistida cuente con salidas recreativas periódicas, así como también la posibilidad de acompañar a su hijo al colegio. Por todo ello, y sumado al hecho de que la condenada cuenta con pulsera electrónica solicita se la autorice a usufructuar las salidas antes mencionadas”.

Razones
Por su parte, Fiscalía se opuso señalando que “no puede equipararse la situación de la mujer a la de los internos que cumplen su pena dentro de una unidad penal”.
También refirió que “el hecho de que la nombrada esté en su domicilio obedece a razones humanitarias vinculadas con la situación de vulnerabilidad que atravesaba su hijo menor, y ello no se vincula con la posibilidad de que permanezca fuera del mismo para llevar a cabo caminatas recreativas”.

Modalidad
Rojas entendió que “si bien el certificado médico del psiquiatra tratante, presentado por la defensa, recomienda la realización de actividades recreativas (talleres, actividad física, artísticas), nada quita que éstas se puedan realizar bajo una modalidad diferente a la propuesta más aun cuando la detenida no posee ningún impedimento físico que limite la práctica del ejercicio aeróbico y que la vivienda donde la misma se encuentra cumpliendo el arresto domiciliario cuenta con un patio trasero donde puede realizar dichas actividades”.
También consideró que “tal como lo pone de manifiesto Fiscalía, el hecho de que la nombrada se encuentre cumpliendo dicha modalidad de detención obedece a la situación de vulnerabilidad de su hijo de 13 años, por lo demás la prisión domiciliaria es un instituto de excepción, en el cual autorizar la caminata diaria de la detenida por los espacios públicos de la ciudad modificaría sustancialmente el sentido del mismo, más aun teniendo en cuenta que las actividades recreativas que le han sido recomendadas por el médico psiquiatra pueden ser realizadas bajo una modalidad diferente a la propuesta”.