Entró en vigencia la legalización del aborto

Obras sociales y prepagas deben incorporar la cobertura integral.

Comenzó a regir la legalización del aborto en toda la Argentina, podrá solicitarse hasta la semana 14.

Este domingo 24 de enero a las 0 horas entró en vigencia en todo el país el aborto legal, a 10 días del acto en que el presidente Alberto Fernández la promulgó y con 8 días transcurridos desde que fue publicada en el Boletín Oficial. De esta forma, desde ayer cualquier persona que atraviese un embarazo y desee interrumpirlo, puede requerir y acceder a la atención del aborto, y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.

Quiénes pueden pedir un aborto
La Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) se permitirá sin restricciones para toda persona que curse un embarazo hasta la semana 14 inclusive de la gestación. También podrán abortar fuera de ese plazo, luego de la semana 14, únicamente las personas que están embarazadas a raíz de una violación o que estén en riesgo de salud o peligro de morir a causa del embarazo.
Desde que el aborto es requerido por la persona, el personal de salud tiene hasta 10 días corridos como máximo para garantizar el procedimiento.
El personal de salud no puede negar el derecho de la persona que solicita el aborto. En caso de ser objetores de consciencia, deberán derivar a la paciente a otro profesional o centro de salud donde se pueda realizar la práctica, sin dilaciones.
En la mayoría de los casos el método utilizado para los abortos en centros de salud es el medicamentoso, con el uso de la droga Misoprostol. El procedimiento es ambulatorio, con lo cual la persona puede salir en el mismo día en que se lo realiza, sin complicaciones.
Los abortos hasta la semana 14 o aquellos más avanzados que cumplan con las causales correspondientes, riesgo para la salud o la vida y/o violación, se deben realizar en cualquier hospital o clínica que tenga los recursos necesarios para realizarlos y personal de salud que lo lleve adelante.
En cuanto a la documentación necesaria, previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito. Los casos de violación no requieren una denuncia previa.
En el caso de las gestantes menores de 16 años con embarazos no deseados que decidan abortar, se requerirá su consentimiento informado y la asistencia de al menos uno de sus padres, conforme lo dispuesto en el artículo 26 del Código Civil y Comercial.