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sábado, junio 15, 2024

Farfán destacó la Ley de Electrodependientes

La Diputada Mariana Farfán, una de las impulsoras del proyecto, destacó que se haya reglamentado.

A través del decreto 2.600, el gobernador Gustavo Bordet reglamentó la Ley Provincial Nº 10.789 por la cual se creó el Régimen Tarifario Especial para Personas Electrodependientes por cuestiones de Salud, que les garantiza la provisión de suministro eléctrico.
Esta reglamentación proviene de una ley que había sido aprobada el año pasado por la legislatura entrerriana, proceso del que la Diputada Mariana Farfán fue parte activa. En este sentido, la Diputada manifestó: »Cuando llegué a la cámara en diciembre de 2019, tenía el compromiso político y la convicción de que debíamos sancionar la Ley de Electrodependientes. Comenzamos a trabajar sobre un proyecto que ya estaba presentado desde el bloque justicialista en la Cámara de Diputados y Diputados, lo modificamos y lo convertimos en ley».
Asimismo, Farfán puntualizó que «esta ley es muy importante, porque garantiza un derecho esencial para las personas electrodependientes, como es la gratuidad y la calidad del servicio eléctrico». La legisladora gualeguaychuense destacó el trabajo del gobernador Bordet por reglamentar esta ley, y “por tener la firme decisión de ampliar derechos para las y los entrerrianos».
«Desde la legislatura trabajamos herramientas para generar accesos. La salud desde un concepto integral, abarca el bienestar de las personas y la consideramos un derecho universal y humano. Hace muchos años que trabajo coordinadamente con la Asociación Argentina de Electrodependientes, con Mauro Stefanizzi y Maira Helman -que es de nuestra ciudad- y este es un logro de muchas y muchos que ya venían trabajando a nivel nacional y provincial. Este es un paso más que damos trabajando de manera colectiva» concluyó Mariana Farfán.
Cabe recordar que esta nueva ley, explicita que en el acto administrativo de reconocimiento del beneficio, el organismo autorizante deberá aprobar el Plan de Contingencia Médica de Emergencia o Protocolo de actuación frente a la posibilidad de interrupción del suministro eléctrico por red a los fines de prever la asistencia correspondiente, y su eventual traslado al centro asistencial más cercano a su domicilio y/o que mejor pueda asistir en la coyuntura al beneficiario del mismo.
El pedido de asistencia correspondiente será responsabilidad exclusiva y excluyente de las personas que se encuentren a cargo del usuario electrodependiente. Dicho pedido se hará a la guardia del efector sanitario previamente indicado en su caso.

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