Condenaron al hombre que vecina denunció por narco

La jueza Lilia Carnero tomó la decisión durante el juicio.

Llevaba 1 kilo de marihuana al momento de su detención. Para la jueza no se probó que iba a venderla y le impuso una condicional.

C.L. llevaba un kilo de marihuana desde Concordia hacia Federal, pero no se comprobó que la droga era para venderla.

Esa es la conclusión a la que arribó el Tribunal Oral Federal de Paraná luego de enjuiciar al hombre que había sido denunciado por una vecina de su localidad por narco.

Le impusieron la pena de tres años de prisión condicional por el delito de Tenencia simple de estupefacientes, esa forma legal intermedia que encontró el Estado para condenar a alguien que tiene demasiada droga para argumentar el consumo personal, pero no las suficientes pruebas para sostener que iba a venderla.

Según publicó UNO, la historia comenzó en 2014, cuando la Policía de Federal recibió un llamado telefónico donde una mujer expresaba que un la C.L., que se dedica a la venta de drogas en la ciudad, había viajado hacia Concordia para proveerse de sustancias y que regresaría en horas de la noche.

De este modo, a las 20.30 los efectivos policiales montaron un operativo en la ruta provincial 22 para constatar la información. Dos horas y media después, alrededor de las 23, vieron pasar un remís VW Polo con el sospechoso en el asiento del acompañante. Lo empezaron a seguir y cuando el hombre advirtió que la Policía estaba muy cerca, arrojó algo por la puerta.

Interceptaron el auto y detuvieron tanto al acusado como al remisero, quien luego iba a ser desvinculado. En la banquina, hallaron un ladrillo de marihuana, que pesó un kilo (concretamente 948 gramos).

El hombre fue indagado por el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, a cargo de Pablo Seró, por el delito de Transporte de estupefacientes, y estuvo detenido unos ocho meses con prisión preventiva.

El fiscal general José Ignacio Candioti solicitó cinco años de prisión para el imputado, al considerar demostrado que iba a introducir la droga para venderla en Federal, no sólo por la cantidad y por la denuncia anónima, sino por una causa federal en la que ya existía un estado de sospecha sobre él.

Por su parte, el defensor oficial Alejandro Castelli sostuvo que las pruebas no eran suficientes y pidió la absolución. Además, inicialmente había pedido que se declare la nulidad del procedimiento, lo cual fue rechazado por el fiscal y fue lo primero que el Tribunal denegó.

Para la jueza Lilia Carnero “no caben dudas” que la autoría de C.L. en el hecho ocurrido aquella noche hace siete años, “ha sido demostrada, de modo concluyente. Resulta irrefutable que C.L. fue quien planeó el suceso ilícito comprobado.

La droga le pertenecía, estaba bajo su custodia, el imputado la llevaba materialmente consigo, y él decidió arrojarla mientras circulaba por un camino público, abriendo la puerta del rodado”.

Sin embargo, la magistrada sostuvo que “las probanzas recopiladas no dan andamiaje para afirmar que existió el dolo de tráfico, ni la cantidad de marihuana permite agravar la conducta”.