Analizan reformar el Reglamento del Senado

“Es esencial tener esta herramienta” manifestó Gay.

La Cámara de Senadores evalúa reformar su Reglamento para incorporar modalidad no presencial.

Durante la sesión del Senado provincial de este miércoles ingresó el Proyecto de Resolución por el que se modifica el artículo 30º del Reglamento de la Cámara de Senadores – Título IV de los Senadores (Expediente Nº 13.681) para ser tratado en comisión.
El proyecto propone incorporar la posibilidad de sesionar “en la modalidad no presencial, por el sistema de videoconferencias, teleconferencias o por cualquier otro medio tecnológico que permita su realización acorde a los requerimientos y garantías establecidos tanto en normas constitucionales, como legales y reglamentarias”. Esta disposición es aplicable también para las reuniones de las comisiones legislativas. “Se entenderá como casos extraordinarios o de fuerza mayor a los fines de esta norma los siguientes: Declaración de Emergencia Sanitaria por pandemias y epidemias decretadas por el Poder Ejecutivo Nacional; eventos climáticos extraordinarios que imposibiliten la concurrencia de los legisladores al recinto y, Cualquier otro evento con entidad suficiente que justifique su aplicación a criterio de la autoridad competente”, expresa el texto.
Asimismo, en la iniciativa se agrega: “Excepcionalmente, y a pedido de un legislador, con aprobación de la simple mayoría del cuerpo se podrá sesionar en cualquiera de los departamentos de nuestra provincia, en el marco del Senado Abierto”.
El senador por el Departamento Concordia, Armando Gay, explicó el espíritu de la iniciativa aclarando que tiene el acompañamiento de la totalidad de su bloque e indicó que “el acompañamiento surge de la convicción de la necesidad de fortalecer los vínculos entre la Cámara de Senadores con la sociedad, en especial en los diferentes departamentos de la provincia”. En los fundamentos, el legislador provincial precisó que se estima “necesario prever en el reglamento, la posibilidad de sesionar en cada uno de ellos, a requerimiento de alguna senadora o senador, previa aprobación de la mayoría del cuerpo”.